Recarga de vehículos eléctricos

Debido a la época actual de impulsión del vehículo eléctrico, las instalaciones de puntos de recarga de vehículos eléctricos (RVE) son un tipo de instalaciones de baja tensión muy demandado en la actualidad.

En la actualidad está vigente el Real Decreto 842/2002, de 8 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión.

Las instalaciones RVE, en particular, se regulan en la instrucción técnica complementaria ITC-BT-52.

A la hora de hacer una instalación RVE, se pueden dar varias posibilidades. Entre las más habituales:

  • - Puntos de recarga único, en aparcamiento privado.
  • - Puntos de recarga único, en aparcamiento compartido.
  • - Varios puntos de recarga, en aparcamiento compartido.
  • - Varios puntos de recarga para un usuario único.

Antes de iniciar la instalación, se debe valorar su complejidad, la potencia demandada y la potencia disponible en la instalación.

En los casos de instalaciones en exterior (en todos los casos) o en instalaciones en interior con una potencia que supere los 20 kW, se requiere un proyecto técnico para legalizar la instalación, y nosotros la hacemos posible por ti.

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